1. PRESENTACIÓN SINTÉTICA DE LA CARRERA
Nombre: Licenciatura en Ciencia Política y Administración Pública.
Título que otorga: Licenciado en Ciencia Política y Administración Pública
Duración: Cinco (5) años.
Carrera de Grado
Carácter: Permanente
Condiciones de ingreso: Nivel medio concluido y las normas que establezca anualmente la Universidad.
2. CARACTERIZACIÓN DEL EGRESADO QUE SE VA A FORMAR
2.1 Perfil profesional
El perfil profesional del Licenciado en Ciencia Política y Administración Pública será el resultado y la expresión de una rigurosa formación científico-política y comprensiva de las dimensiones normativa, teórico-metodológica e instrumental de la disciplina que habilite al graduado para:
- analizar de un modo crítico, integral y particularizado, los fenómenos político y administrativo público;
- accionar en forma creativa sobre dichos fenómenos.
3. OBJETIVOS DE LA CARRERA
Formar profesionales capaces de analizar críticamente la génesis, desarrollo y transformaciones de los sistemas políticos en general y del sector público en particular.
Proveer los medios para abordar los principales enfoques (normativos teórico-metodológicos y técnicos) desarrollados por la Ciencia Política y la Administración Pública.
Promover una evaluación crítica de tales enfoques, en función de la problemática de los diferentes contextos sociopolíticos (mundial, americano, latinoamericano, nacional, regional y provincial).
Fomentar aptitudes para la investigación científica y la docencia universitaria y actitudes para el trabajo interdisciplinario.
4. RÉGIMEN DE CORRELATIVIDADES
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Para rendir |
Debe tener aprobada |
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Derecho Constitucional |
Instituciones del Derecho |
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Doctrinas e Ideas Políticas II |
Doctrinas e Ideas Políticas I |
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Ideas Políticas y Sociales Americanas |
Historia Institucional Argentina |
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Derecho Administrativo |
Derecho Constitucional |
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Teoría Política II |
Teoría Política I |
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Administración del Recurso Humano |
Administración General |
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Teoría Económica II |
Teoría Económica I |
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Política Económica |
Teoría Económica II |
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Sistemas de Control de Gestión |
Administración Financiera |
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Organización y Gestión del Estado |
Derecho Administrativo |
5. RÉGIMEN DE ENSEÑANZA APRENDIZAJE
Cada cátedra o responsable de las actividades curriculares deberá fijar en la planificación anual el modelo pedagógico a aplicar de acuerdo con las características de los contenidos a impartir o la actividad a desarrollar y los objetivos propuestos.
Las clases magistrales deberán ser el resultado de la necesaria síntesis efectuada por el profesor, pero no deberá ser la única actividad, ni podrá reemplazar el trabajo y exposición personal de los alumnos así como la discusión en la cual la relación docente-alumno deberá ser interactiva y tendiente a una cada vez mayor autonomía.
6 - RÉGIMEN DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN
Régimen de Evaluación:
Para cada actividad curricular el responsable de la misma deberá fijar en la planificación anual las obligaciones para obtener la regularidad y el sistema de evaluación que mejor convenga al cumplimiento de los objetivos fijados.
Régimen de Promoción:
- Para ser alumno regular de segundo año, debe tener aprobadas tres materias.
- Para ser alumno regular de tercer año, debe tener aprobadas ocho materias.
- Para ser alumno regular de cuarto año, debe tener aprobadas catorce materias.
- Para ser alumno regular de quinto año, debe tener aprobadas diecinueve materias.