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Reconocimiento y respeto a la identidad de género

El Consejo Directivo de la Facultad comunica que ha quedado aprobada la Ordenanza Nº 08 para el reconocimiento y respeto a la identidad de género de la comunidad educativa. A continuación se pueden consultar los puntos más importantes tomados a consideración y la Ordenanza que ya se encuentra vigente.

12 de octubre de 2011, 10:23.

imagen Reconocimiento y respeto a la identidad de género
Ordenanza 08:
(Estracto)

Puntos a consideración:
  • Que la identidad sexual es uno de los aspectos más importantes de la identidad personal.
  • Que el derecho a la identidad sexual forma parte del plexo mayor de derechos humanos sustanciales.
  • Que es un derecho protegido por la Constitución y por diversos tratados.
  • Que el sexo de una persona está configurado por varios componentes: el cromosómico; el gonádico; el morfológico; el anatómico; y el psicosocial o psicológico.
  • Que el hecho de que una persona integrante de alguno de los claustros de la facultad, en el marco de ciertos trámites sea nombradx con el nombre que figura en su DNI puede importar una violación implícita al respeto que merece su derecho a la identidad de género pudiendo ello mismo llegar a constituir un hecho discriminatorio.
  • Que el reconocimiento y respeto a la libre opción sexual se traduce en la preservación de la dignidad humana mientras que se garantiza el trato no discriminatorio, permitiendo una mejor convivencia.
  • Que es necesario garantizar el cumplimiento real y efectivo de los derechos humanos que la Constitución consagra.
  • Que en tal sentido, resulta oportuno posibilitar el ejercicio de las personas travestis, transexuales y transgénero a ser llamadas por el sentido que han adoptado libremente en pleno ejercicio de los derechos humanos.

Por esto y teniendo en cuenta lo resuelto por unanimidad en la sesión realizada el día 06 de junio de 2011, el Consejo Directivo de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales ha ordenado:

  • Establecer que todas las dependencias de la Facultad deberán respetar la identidad de género adoptada de cualquier persona que estudie o trabaje en esta unidad académica.
  • Se hará constar en Libreta Universitaria, padrones electorales, tramites internos, citaciones, memorandos, entre otros (ver ordenanza) el nombre autopersibido  de la persona que así lo requiera.
  • Se deberá presentar una solicitud por Mesa de Entradas por el/la interesadx haciendo constar en la misma el nombre legal de la persona solicitante.
  • En toda documentación que la Facultad deba expedir se consignará el nombre legal de la persona solicitante.
  • Se insta a los docentes y autoridades académicas y administrativas al cumplimiento de los artículos presentes en la ordenanza.

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