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Hoy celebramos 7 años de vigencia de la “ley de identidad de género” (Ley 26.743)

La sanción fue hecha el 9 de mayo de 2012 y promulgada el 23 de mayo del mismo año, preserva el derecho de las personas elegir la identidad de género con la cual se autoperciben.

09 de mayo de 2019, 15:46.

imagen Hoy celebramos 7 años de vigencia de la "ley de identidad de género" (Ley 26.743)

“Se entiende por identidad de género a la vivencia interna e individual del género tal como cada persona la siente, la cual puede corresponder o no con el sexo asignado al momento del nacimiento, incluyendo la vivencia personal del cuerpo. Esto puede involucrar la modificación de la apariencia o la función corporal a través de medios farmacológicos, quirúrgicos o de otra índole, siempre que ello sea libremente escogido. También incluye otras expresiones de género, como la vestimenta, el modo de hablar y los modales”.

La ley también  prevé que  persona podrá solicitar la rectificación registral del sexo, y el cambio de nombre de pila e imagen, cuando no coincidan con su identidad de género autopercibida.

Persigue el respeto a la identidad de género adoptada por las personas que utilicen un nombre de pila distinto al consignado en su documento nacional de identidad

Como así también, conforme  al artículo 1° de la presente ley y a fin de garantizar el goce de su salud integral, los efectores del sistema público de salud, ya sean estatales, privados o del subsistema de obras sociales, deberán garantizar en forma permanente los derechos que esta ley reconoce.
Todas las prestaciones de salud contempladas en el presente artículo quedan incluidas en el Plan Médico Obligatorio, o el que lo reemplace, conforme lo reglamente la autoridad de aplicación.

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