Saltar a contenido principal Saltar a navegación principal

¿Cuáles son las condiciones generales del Ingreso?

El Ingreso a las carreras de grado de licenciatura (Comunicación Social, Trabajo Social, Sociología y Ciencia Política y Administración Pública) de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales, se rige en todos sus aspectos por la Ordenanza N°31/06-CS que establece los siguientes requisitos básicos:

  • Inscribirse en las fechas previstas por esta normativa.
  • Haber egresado del nivel medio, polimodal o secundario de enseñanza al 30 de abril del año 2021.
  • En caso de ser mayor de 25 años sin secundario completo y estar contenido/a en lo establecido por la Ordenanza N°46/95 CS, presentar certificado de estudios primarios completos debiendo cumplimentar y aprobar las instancias de evaluación previstas en esta normativa (art 2.2.2) de acuerdo a lo que establece el artículo 7 de la Ley de Educación Superior N° 24521.
  • En caso de haber concluido los estudios de nivel secundario en otro país, tener el título revalidado o convalidado de acuerdo a los tratados internacionales en vigencia y apostillado.
  •  Acreditar salud psicofísica.
  • Efectuar las instancias de confrontación vocacional previstas (general de la familia de carrera de las humanidades, ciencias sociales y artes y diseño y la particular o específica de la unidad académica).
  • Aprobar la instancia de Nivelación
  • Realizar la Ambientación a la vida universitaria
  • Las actividades contempladas en todas las etapas rigen para las 4 (cuatro) carreras que se dictan en la Facultad.
  • Los/as aspirantes, luego de la aprobación del examen de ingreso, adquieren la condición de “ingresantes” y adquieren su condición de "Alumnos/as" al momento en que se les otorga el número de registro de estudiante.
  • El certificado de egreso de los estudios secundarios (exceptuando a los/as aspirantes mayores de 25 años con secundario incompleto) deberá presentarse hasta la fecha límite establecida en el calendario académico. Cuando la falta de presentación a debido tiempo del certificado de egreso obedeciese a razones imputables a la administración educativa y en las que el/la estudiante no tuviese responsabilidad alguna y estuviera debidamente constatada tal situación, se podrá prorrogar este plazo hasta la finalización del año académico en curso. El incumplimiento de este requisito genera la caducidad de la inscripción y mantendrá aprobado el curso de ingreso pero no las regularidades obtenidas durante el primer semestre.

 

Volver a Preguntas Frecuentes